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Ayudas individuales a personas mayores y personas con discapacidad

Ayudas individuales a personas mayores y personas con discapacidad

Ayudas individuales a  personas mayores

 y  personas con discapacidad

Consejería de Derechos Sociales y Bienestar

 

Gastos realizados entre el 9 de junio de 2023, hasta el 31 de diciembre de 2024.

 

Tipos de ayudas:

 

  • Productos de apoyo para la prevención de úlceras por presión: Cojín antiescaras (excepto las recogidas en el catálogo ortoprotésico)); Sobre-colchón antiescaras ; Colchón antiescaras
  • Prótesis dentales removibles: unidad o bien la completa.
  • Productos de apoyo para el cuidado y la protección personales Asiento para inodoro;  Asiento para baño/ducha;  Sistema de bañera adaptable para la cama; Silla baño/ducha con ruedas.
  • Productos de apoyo para la movilidad personal Grúa
  • Mobiliario y adaptaciones para viviendas y otros inmuebles. Cama articulada eléctrica; Somier o cama articulada manual; Colchón antiescaras y cama articulada eléctrica; Colchón antiescaras y cama articulada manual.
  • Productos de apoyo para la comunicación y la información. Productos de apoyo para protección visual (Lentes con filtros, filtros de absorción de luz ultravioleta, telescopio, microscopio)
  • Productos de apoyo para la audición. Preferentemente con posición T: Audífono (excepto para menores de 27 años): Dos audífonos; Productos de apoyo para comunicación cara a cara  Comunicadores portátiles; Productos de apoyo para comunicarse con personas con discapacidad visual y auditiva (teléfono).
  • La ayuda deberá tener relación directa con el tipo de Discapacidad del Certificado o con lo recogido en el informe médico, para personas mayores de 65 años sin discapacidad. Serán Gastos realizados entre el 9 de junio de 2023 o durante el 2024

 

 

Requisitos:

  1. Residir y estar empadronado en Asturias. Permiso de residencia en vigor a quien corresponda.
  2. No estar incurso en prohibición según el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de subvenciones y cumplir las obligaciones del artículo 14 de la citada Ley.
  3. Para personas con discapacidad, con independencia de la edad, estar en alguna de las siguientes situaciones: ​​​​​​​                                 Discapacidad igual o superior al 33 %- Pensionistas de la Seg. Soc. de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.- Pensionistas de Clases Pasivas por jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.- Subsidio LISMI; o Pensión no contributiva de invalidez; o aportación económica por hijo a cargo con discapacidad.- Grado III de dependencia.
  4. Para personas mayores sin discapacidad, serán quienes cumplan 65 años en 2024 y no tengan grado de discapacidad reconocido, acreditando la necesidad de la ayuda mediante informe médico.
  5. Ingresos de unidad familiar, inferiores a:

1  miembro             2,5 veces el IPREM (17.370 €)

2  miembros           3,5 veces el IPREM (24.318 €)

3  miembros             4 veces el IPREM (27.792 €)

4  miembros          4,5 veces el IPREM (31.266 €)

5  miembros             5 veces el IPREM (34.740 €)

6  miembros           5,5 veces el IPREM (38.214 €)

7  miembros            6 veces el IPREM (41.688 €) Período computable año 2022

  1. Otros particulares para cada tipo de ayuda.

Plazo de solicitud: Hasta el  9 de mayo de 2024

 

Más información en:     www.asturias.es

Teléfono de atención ciudadana Principado de Asturias: 012

Unidad de Trabajo Social del Ayuntamiento de Candamo: 985 82 80 56